El Tribunal es competente para dirimir las controversias entre la administración pública estatal o municipal y los particulares, así como entre los Organismos Autónomos y los particulares; imponer las sanciones a los servidores públicos estatales o municipales por las responsabilidades administrativas que la Ley General determine como graves y a los particulares que incurran en actos vinculados con faltas administrativas graves. (Artículo 5 de la Ley Orgánica del TEJAV)
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